viernes, 15 de marzo de 2013

Comisión por Saldo o por Flujo el dilema de mi AFP

Quedan 15 días para decidir que tipo de comisiones pagaremos a nuestras AFPs desde Abril.

Comisión por Flujo, sueldo, ingreso. Es decir pagas por lo que  cobras mensualmente.

Comisión por Saldo,ahorro, fondo. Pagas por lo que vas ahorrando.

Si tu ahorro es grande pagas una comisión muy alta, por lo que no conviene a la larga, mientras si eliges por tu sueldo, la comisión siempre será igual , a la larga te conviene por el flujo.


Si no has decidido, te pasarán al de saldo,fondo, ahorro, en los primeros años será mixto, es decir por ahorro y por sueldo, luego te pasaran al de saldo, donde la comisión será mayor..

Cuál es el problema del saldo,ahorro,fondo?

sábado, 17 de noviembre de 2012

Derecho Ciudadano : Todo sobre CTS 2012 en Perú

En los siguientes escritos abordaremos los principales problemas de los ciudadanos en cuanto al ejercicio de sus derechos. 
 Iniciamos con Derecho Laboral.
 CTS : COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS 

A propósito del vencimiento en éstos días para las empresas, el de entregar los aportes para beneficio de los empleados. Vale decir que no corresponde a empresas públicas, sino a empresas privadas y empresas públicas con régimen privado. CAS y otros trabajos no éstan contemplados en la norma. 

Se aplica a trabajadores de Perú. 
Muchos preguntan si se puede retirar el dinero en cualquier momento. 

El 2009 se podía retirar en el 2010 se podía retirar entre 30% y 40% desde el 2011 hasta la fecha solo se puede retirar el 70% del excedente de 6 remuneraciones brutas. Ejm. si mi sueldo es de 1000 soles, y mi CTS es de 6000 soles, no puedo retirar nada. si mi CTS es de 7000 soles entonces tengo 1000 soles de excedente y de ello puedo retirar el 70% que es 70x1000/100 = 700 soles. Si estas en una Pyme tienes derecho como CTS una media remuneración en el siguiente ejercicio, tiene que cumplir a un mes en una pequeña empresa, si es micro no tiene derecho de cts. 

Cuando un trabajador cesa como se retira el CTS?. 

La idea de la cts es tener una cuenta de ahorro cuando no tenga empleo,no se debe pensar en retirarlo, es como un chanchito de ahorro. Como se puede retirar. Si termina el vínculo laboral, se tiene 48 horas para liquidar(pagar) se entrega la carta de cese, con esa carta vas y retiras el deposito si quieres el 100%,el dinero sirve para esos días que uno no tiene empleo. Esto ayuda para poder pasar el tiempo mientras no se tiene trabajo.